BENEFICIOS / Salud
- AYUDA ANTE ENFERMEDAD GRAVE
En caso de haber sufrido y haber sido diagnosticado con cáncer; infarto agudo de miocardio; accidente cerebro-vascular , el afiliado podrá acceder al beneficio de hasta la suma de $ 50.000,00.-
Para diagnósticos a partir de julio 2022 el monto del beneficio será de hasta $70.000,00.-
Dado que «enfermedades graves» es una cobertura con términos médicos específicos, Como generalidad se puede tener en cuenta que se cubre cáncer, infarto y ACV.
Por otras enfermedades consultar particularmente la patología del siniestro y la consulta será elevada a quien corresponda para confirmar a la brevedad.
- La documentación será solicitada según la patología que presente el enfermo, ( ver documentación general)
- Denuncia del siniestro.Formulario DENUNCIA DE SINESTRO- SEGURO SALUD.
- CBU del afiliado con detalle de titularidad
- Historia clínica, protocolo quirúrgico, estudios, análisis y exámenes practicados al Asegurado tratado
- Certificado médico que acredite el diagnóstico y/o tratamiento indicado.
El diagnóstico debe ser confirmado por especialista en cardiología y evidenciado por todos los siguientes criterios:
- Historia de dolor torácico típico
- Historia clínica que revele sintomatología de isquemia miocárdica
- Nuevos cambios característicos de infarto en el ECG
- Elevación de las enzimas específicas de infarto, troponinas u otros marcadores bioquímicos.
Derrame e Infarto Cerebral
Cáncer
- Toda neoplasia intraepitelial cervical (toda etapa CIN)
- Toda forma de tumor pre-maligno
- Toda forma de cáncer no invasivo (carcinoma in situ)
- El cáncer de próstata en estadio 1 (T1a, 1b, 1c)
- El carcinoma basocelular y el carcinoma de células escamosas
- El melanoma maligno estadio IA (T1a N0 M0=
Infarto de Miocardio
- El infarto del miocardio sin elevación del segmento ST con solamente elevación de Troponina I ó T;
- Otros síndromes Coronarios Agudos
- Infarto de miocardio silente
- El Accidente Isquémico Transitorio (TIA)
- El daño traumático del cerebro
- Los infartos lacunares sin déficit neurológico
- Los síntomas neurológicos secundarios a migraña
Para descargar el formulario y acceder al beneficio (CLICK AQUÍ)
* Plazo para presentar la documentación un año desde la primer fecha de diagnóstico.
*Exclusiones según cobertura de póliza.
*Beneficio vigente desde el 1/12/2020.